Izquierda Unida, a través de su diputado en el Grupo Parlamentario de
ERC-IU-ICV, Gaspar Llamazares, ha registrado en el Congreso una
proposición no de ley para “modificar el protocolo de las ceremonias de
acatamiento y promesa o juramento de cargos y funciones públicas”, así
como para elaborar un nuevo “protocolo aconfesional para los actos y
ceremonias institucionales y sus relaciones con las confesiones
religiosas”.
IU insta de esta manera al Gobierno a través de su texto a que se evite
“todo tipo de simbología religiosa como corresponde a un Estado
aconfesional”, tal y como señala la Constitución Española.
Para esta formación, “la toma de posesión de cargos y funciones
públicas ante el crucifijo sigue señalando la asignatura pendiente de
España como Estado laico y aconfesional. La iniciativa pone como
ejemplo de cómo se debe proceder lo que ya ocurre en la práctica en
ambas Cámaras parlamentarias. “No es entendible ni justificable que en
un Estado aconfesional los ministros juran o prometen el acatamiento a
la Constitución ante una Biblia y un crucifijo. Otros cargos o
funciones públicas como los diputados y senadores acatan los preceptos
constitucionales a comienzo de cada legislatura con una fórmula
similar, y en el Parlamento no resultan visibles ni biblias ni
crucifijos”.
IU destaca que el uso y la presencia actual de los símbolos religiosos
carecen de "base legal. El protocolo está regulado por el Real Decreto
707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de
juramento de cargos y funciones públicas, que permite elegir entre
prometer y jurar el acatamiento a las normas constitucionales y lealtad
al Rey, aunque no se hace referencia a los símbolos religiosos”.
Este vacío legal lleva a preguntarse “si un futuro ministro musulmán
tendría también derecho a exigir el Corán”, algo que no está en
absoluto regulado.
Por todo ello, los dos puntos de la proposición instan directamente al Gobierno a:
1. “Modificar el protocolo de las ceremonias de acatamiento y promesa o
juramento de cargos y funciones públicas, incluido si fuese necesario
el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la
fórmula de juramento en cargos y funciones públicas, para evitar todo
tipo de simbología religiosa como corresponde a un Estado
aconfesional”. 2. “Elaborar un Protocolo aconfesional para los actos y
ceremonias institucionales y sus relaciones con las confesiones
religiosas”.