La actividad de José Cabrero Palomares, parlamentario andaluz por Jaén por IULV-CA, es muy amplia, pero hay iniciativas recientes relacionadas con las jornaleras y jornaleros que creemos que tienen especial relevancia.
Hay pocas iniciativas de otros grupos políticos (por no decir ninguna) que se preocupen por la mejora de cobertura y prestaciones a los/as trabajadores/as del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, por eso creemos que es bueno traerlas aquí para darlas a conocer a quienes visitan esta página. A continuación, traemos en su integridad la proposición no de Ley que presentó José Cabrero en el Parlamento de Andalucía, merece la pena leerla.
PROPOSICION NO DE LEY EN PLENO.
“Actuaciones del Gobierno para la mejora de cobertura y prestaciones a los/as trabajadores/as del Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social”
Exposición de motivos:
Las características de los trabajadores eventuales del campo, cuya contratación y realización de peonadas dependía de las cosechas agrarias, sin ningún tipo de vinculación laboral estable con empresa alguna, con mucha precariedad y dependiendo de la climatología y sus efectos en dichas cosechas y al objeto de mantener a los jornaleros en el medio rural, para las necesidades de los patronos, en los años 50, se creó el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social, que permitió a los eventuales pagar la cotización a la Seguridad Social cada mes independientemente de los días trabajados, elemento diferencial con respecto a los trabajadores del Régimen General de la Seguridad Social, que dependiendo del contrato de trabajo y de la actividad laboral real, se fijan las cotizaciones a la S.S.
De esta manera se garantizaba a los eventuales del campo el alta en la S.S. todo el año y las coberturas derivadas como las pensiones de jubilación o por enfermedad temporal etc.
Con las condiciones del mercado de trabajo tan precario en el campo y las mismas exigencias en el sistema de cotizaciones que en el RGSS., la mayoría de estos trabajadores no hubieran alcanzado derecho de pensión por jubilación y otras coberturas.
Posteriormente en el año 1983, se consiguió un sistema de protección social para el campo andaluz, con el subsidio agrario y el PER en Andalucía, que venía precedido del Empleo Comunitario desde el año 1971.
El sistema de protección social en el medio rural andaluz, ha ido evolucionando en un intento por parte de los gobiernos de turno de recortar los derechos de los trabajadores, provocando numerosas luchas de los sindicatos que han defendido el sistema y han propuesto la mejora del mismo. En el año 2.002 el Gobierno del PP ha puesto en marcha en parte, las medidas que contemplaba el famoso DECRETAZO, modificado en las medidas originales por las movilizaciones sociales de toda la sociedad andaluza.
El REASS necesita una reforma, tras mas de 50 años de funcionamiento, que permita mejorar la cobertura y acabe con la discriminación que estos trabajadores sufren con respecto a los del RGSS., permitiendo una base de cotización más alta, la jubilación anticipada o la eliminación de necesitar la firma del patrón para poder tener derecho a la prestación por enfermedad común.
Esta reforma es una asignatura pendiente desde la transición democrática, para igualar en derechos al RGSS, hacer justicia con los trabajadores del campo y por dignidad. Hoy entrados en el siglo XXI las condiciones de los eventuales del campo, sus especificidades e idiosincrasia sigue manteniendo características muy parecidas, pero no se puede mantener la discriminación que sufren este colectivo, por lo que es necesario la reforma del sistema del REASS.
El modelo de protección social de los trabajadores del campo tiene tres sistemas: el subsidio agrario que está cerrado a nuevos trabajadores y que desaparecerá a corto plazo, la renta agraria y el desempleo contributivo, además del AEPSA-PER. En Andalucía desde la entrada en vigor del famoso DECRETAZO, han sido expulsados del subsidio unos 62.500 trabajadores y se han producido unas pérdidas de mas de 8,5 millones de euros.
La Renta Agraria impuesta por el DECRETAZO, sustitutiva del subsidio se sigue manteniendo, con criterios mas restrictivos para que los trabajadores puedan acceder a ella, (los mayores de 52 años tienen que acumular 10 de antigüedad en la cartilla agraria mientras que con el subsidio solo se pedía 1 año, a todos los trabajadores se les exige una antigüedad de empadronamiento de 10 años en Andalucía, a los jóvenes se les deriva al sistema contributivo, lo que incentiva el fraude), con un tiempo de concesión máximo de 180 días y una cuantía a cobrar al mes de solo 453,52 euros, a los trabajadores mayores de 52 años se les reduce en 60 días el cobro de la prestación.
Esta nueva situación en lugar de acabar con el famoso DECRETAZO y mejorar los derechos de cobertura de los trabajadores del medio rural, lo mantiene y supone un retroceso con respecto al antiguo sistema del Subsidio Agrario.
La mejora de estos derechos, es una necesidad que se debe acometer con tranquilidad, pero con eficacia.
PROPOSICION NO DE LEY:
El Parlamento de Andalucía insta al Consejo de Gobierno, a promover un proceso de diálogo con los sindicatos del campo de Andalucía y el Gobierno Central, para que teniendo en cuenta las especificidades, los hechos diferenciales y los derechos de los trabajadores del campo y del medio rural, permita los acuerdos necesarios para la reforma y mejora del REASS y del sistema de protección social de estos trabajadores que contemple:
A.- El establecimiento de un mínimo de la Base de Cotización de 2 veces el SMI, independientemente de la cuota fija mensual, que permita alcanzar la equiparación a las prestaciones del RGSS por las contingencias que cubre este sistema.
B.- Jubilación anticipada para los mayores de 60 años a razón del 150% del SMI.
C.- La eliminación del requisito de la firma del patrón, para obtener el derecho de percibir la prestación por enfermedad común, exigiendo solo estar el trabajador al corriente de los pagos del REASS y la baja facultativa.
D.- La eliminación definitiva del DECRETAZO y de la Renta Agraria.
E.- La exigencia al trabajador de presentación de entre 0 y 160 peonadas en el REASS en los 12 meses anteriores a la solicitud del subsidio agrario.
F.- Criterios menos restrictivos para los solicitantes del subsidio agrario en relación a las rentas individuales y de la unidad familiar.
G.- La ampliación de la duración del subsidio agrario concedido a los solicitantes de menos de 52 años, hasta 10 meses al año a razón del 100% del SMI y de 360 días a los mayores de 52 años con la misma cuantía.
H.- Garantizar el derecho del subsidio agrario a los trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado, que no sean propietarios de tierras y se encuentren en situación de desempleo.
I.- La creación de Casas de Oficio y Escuelas Taller en todos los municipios del medio rural andaluz, para facilitar la formación a los jóvenes de entre 16 y 25 años y su preparación para la incorporación al mercado laboral.
J.- Creación en cada localidad andaluza de la Comisión Local de Empleo, formada por el Ayuntamiento, el SAE, Servicio Público de Empleo, empresarios y sindicatos, dotándolas de todas las funciones que tengan que ver con el Subsidio Agrario y el AEPSA-PER.
K.- La financiación al 100% de la mano de obra y materiales de los proyectos y memorias acogidos al AEPSA-PER
L.- La garantía de un mes de trabajo público en las obras del PER.
M.- El establecimiento de un convenio específico para los trabajadores del PER, con el mismo salario y jornada única en todos los pueblos y que evite doble cotización por el REASS y el RGSS.
Fdo: José Cabrero Palomares.
Grupo de IU LV-CA.